Lo que el Ministerio Público establece en la medida de coerción contra el «Abusador de Baní»

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Este sábado el ministerio público presentó por ante la secretaría del Tribunal de Atención Permanente del Distrito Judicial de Peravia la solicitud de medida de coerción contra Alexis Villalona, «El abusador de Baní», contra quien pide un año de prisión preventiva por los golpes causados contra Santa Arias.

En la solicitud, entregada por el fiscal Ángel Darío Tejada Fabal, el ente judicial hace constar los delitos de que se le acusa a Villalona, incluyendo golpes y heridas voluntarios y violencia contra la mujer.

Otro de los delitos planteados en la solicitud es el de la exhibición de armas de fuego en las vías públicas y la intimidación.

El fiscal aclaró que aunque Villalona portaba su arma de manera legal, y con su permiso correspondiente, la Ley 631-16, sobre porte y tenencia de armas, es clara y condena la exhibición en las vías públicas.

Independientemente de que el arma de fuego sea legal, la Ley 631-16 castiga la exhibición de armas de fuego en las vías públicas, que fue lo que aconteció, como se aprecia en el video, que él en la mano derecha tenía el arma de fuego y luego se la coloca en el bolsillo, y ese solo hecho es sancionado, además, que configura uno de los elementos de la violencia hacia la mujer, que es el tema de la intimidación, aparte de los reiterados golpes que recibió de parte del agresor”, dijo a Listín Diario el fiscal Tejada Fabal a su salida del tribunal tras depositar la medida, en la que piden un año de prisión preventiva contra el acusado.

Sobre este último punto, al ser preguntado sobre porqué se pide el máximo del tiempo en prisión preventiva, indicó que eso está establecido en el Código Penal y que es facultad del juez si lo otorga o no.

“El juez puede imponer tres meses como puede imponer un año de prisión preventiva”, dijo.

Explicó que por el momento en la solicitud de medida de coerción plantearon una calificación jurídica del delito provisional, hasta tanto se realicen estudios más profundos para determinar la magnitud de los golpes que recibió Arias y el daño que éstos pudieron haberle causado.

“Todavía no sabemos el alcance de las heridas sufridas, los golpes contusos sufridos por la víctima, sin embargo, nosotros hemos establecido una calificación jurídica provisional, como golpes y heridas voluntarios y violencia contra la mujer, que como ustedes saben está calificado en el artículo 309-1”, dijo el representante del ministerio público.

La medida de coerción contra Villalna será conocida este lunes a las 9:00 de la mañana.

Se recuerda que Santa Arias fue llevada a una Casa de Acogida luego de los golpes recibido por Villalona, en un hecho ocurrido el pasado 31 de diciembre, luego de un incidente de tránsito.

FUENTE: LISTÍN DIARIO

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